Todo lo que necesitas saber sobre los nuevos Peajes Eléctricos 2021

Todo lo que necesitas saber sobre los nuevos Peajes Eléctricos 2021

El pasado 24 de enero del 2020, aparece en el BOE oficialmente la Circular 3/2020. ¿Cuántas cosas habéis oído acerca de ella? A pesar de que parece un caos de números y tarifas, en este artículo vamos a tratar de dejarlo lo más claro que podamos.

Este documento, en resumen, establece el método para determinar el cálculo anual de los peajes de distribución y transporte de electricidad del consumidor; el cálculo de la energía que los auto consumidores demandan y consumen de sus propias instalaciones; los consumos de las instalaciones de generación; y los intercambios de energía que se realizan a países no miembros de la UE.

Lo primero, ¿Qué tienen de distinto esos nuevos peajes con respecto a los que ya conozco? Vamos a mostrártelo con una sencilla tabla de comparación:

Los puntos de suministro con autoconsumo contarán con su propio peaje:

2.0TDA, 3.0TDA, 6.1TDA, 6.2TDA, 6.3TDA, 6.4TDA.

En el caso especial de los cargadores públicos de vehículos eléctricos, solo tendremos dos peajes:

3.0TDVE, 6.1TDVE

Lo primero que salta a la vista es que se han agrupado los antiguos peajes por debajo de 15 kW, ahora todos tienen discriminación horaria. Además, se establecen nuevos peajes exclusivos para recarga de vehículos eléctricos e instalaciones de auto consumo fotovoltaico. Además, antes se agrupaban por la potencia contratada, ahora por la tensión.

Pasaremos a explicaros los entresijos de las distintas tarifas que se van a instaurar. Al unificarse os daréis cuenta de que ya no se distingue entre distribución horaria o no, todas la tienen en distintos periodos, que serán PUNTA, LLANO y VALLE.

Por último, se elimina el tema de la estacionalidad y las diferencias entre invierno y verano. Pasemos a ver las distintas tarifas, explicándolas un poco:

2.0TD (anteriormente 2.0A – 2.0DHA – 2.1A – 2.1DHA)

  • Tensión menor de 1kV y potencia contratada menor de 15 kW
  • 2 términos de potencia y 3 de energía

Como puede verse en el esquema siguiente, se ha intentado que las horas llano, sean en las que más gasto se hace en una vivienda; mientras que las punta se entiende que están pensadas para las horas de trabajo/colegio, donde la vivienda tiene menos consumo.

3.0TD (anteriormente 3.0A)

  • Tensión por debajo de 1kV y potencia contratada por encima de 15 kW, al menos en uno de los periodos.
  • Tendrá 6 términos de potencia, siguiendo la conocida regla de que un término tiene que ser mínimo igual o mayor al anterior. Además, tendrá otros 6 términos de energía.
  • Las potencias actuales cambiarían al pasar de 3 periodos a 6, ¿Cómo? Así:
    • El P1 se quedará como P1
    • El P2 pasará a ser P2, P3, P4 y P5 (si se cumple la regla de potencias crecientes, si no se cumpliese, todos serian iguales a P1)
    • El P3 será el nuevo P6, salvo que no cumpla la regla anterior, con lo que sería P1 de nuevo.

Os ponemos un ejemplo: Potencias contratadas 5/10/15 pasarán a 5/10/10/10/10/15

  • Cambio en la ley de maxímetros: cuando un punto de suministro no alcance el 85% de su potencia contratada, ya no habrá bonificación, se le facturará siempre el 100% de la misma.

6.1TD, 6.2TD, 6.3TD, 6.4TD (anteriormente 3.1A – 6.1 – 6.2 – 6.3 – 6.4)

  • Sus potencias contratadas, de nuevo deberán cumplir la regla de potencias crecientes. (Hasta ahora las tarifas 3.1A no lo tenían que cumplir, las 6.1 en adelante, sí lo hacían).
  • Tendrá 6 términos de potencia y también tendrán como hasta ahora, 6 periodos de energía.
  • Las potencias actuales de las tarifas 3.1A cambiarían para pasar a 6.1TD, te lo explicamos:
    • El P1 se quedará como P1
    • El P2 pasará a ser P2, P3, P4 y P5 (si se cumple la regla de potencias crecientes, sino se cumpliese, todos serian P1)
    • El P3 será el nuevo P6, salvo que no cumpla la regla anterior, con lo que sería P1 de nuevo.

PERIODOS DE ENERGÍA Y DIFERENCIAS HORARIAS

Entramos en la parte más densa del escrito sobre los nuevos peajes que están por venir. Tenemos que diferenciar de la forma más clara posible, los períodos de energía en las nuevas tarifas 3.0TD – 6,1TD – 6.2TD – 6.3TD y 6.4TD.

Para poder unirlos con criterio, vamos a diferenciar 3 categorías: por temporada eléctrica (alta, media-alta, media y baja), por tipo de día (de lunes a viernes, festivos, no festivos, etc.) y por periodos horarios.

  1. Temporadas eléctricas
  1. Tipo de días

A cada temporada de las ya comentadas, se le asigna un tipo de día (Alta=A, Media Alta=B, Media=B1, Baja=C) que será para los días del mes (lunes a viernes), salvo sábados, domingos y festivos nacionales no sustituibles, a los que asigna el tipo de día D. Os lo dejamos más claro así:

  1. Períodos horarios

PENÍNSULA

BALEARES

CANARIAS

¿CÓMO SE FACTURARÁN LAS PENALIZACIONES POR ENERGÍA REACTIVA?

A falta de definir el término de energía reactiva del peaje, su facturación será idéntica a la actual, penalizando consumos de reactiva superiores al 33% del consumo de energía activa y exceptuando a los peajes en Baja Tensión con potencia contratada inferior o igual a 15 kW.

Sin embargo, hasta finales de 2025, todos los consumidores conectados en Media y Alta Tensión (a partir de 1 kV), deberán mantener de forma horaria un factor de potencia superior a 0,98 capacitivo en el periodo 6 que, en caso de que no lo mantengan, supondría una penalización de 0,05 €/kVArh por la energía reactiva que esté por debajo de ese rango.

¿Y LOS CAMBIOS DE POTENCIA? ¿TENDRÁN ALGÚN COSTE?

Teniendo en cuenta el consecuente aumento del número de periodos en algunos peajes frente a las tarifas de acceso que existen en la actualidad, esta circular también establece los criterios para adaptar las potencias contratadas. Los clientes, tendrán que adaptar ellos mismos sus potencias contratadas por lo que, hayan o no realizado un cambio de potencia en los últimos doce meses, todos estos cambios “obligados” por la nueva situación, no tendrán ningún coste. Lo más plausible es pensar, que las potencias contratadas de todos los puntos de suministro que tenían tarifas con 3 periodos o menos (BT y AT 3.1A), dejarán de estar optimizadas y habrá que estudiar de nuevo muchos de los casos.

ÚLTIMA HORA SOBRE EL CAMBIO DE PEAJES

Según hemos sabido en las últimas semanas, el Ministerio para la Transición Ecológica ha anunciado el periodo de información pública del proyecto de orden ministerial por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que entrarán en vigor el 1 de junio de 2021. Esto significa que tendremos que esperar dos meses más, hasta que se establezcan correctamente los cargos del sistema eléctrico.

Como ya hemos explicado antes, este Real Decreto nos habla de la sustitución de los antiguos peajes de acceso por peajes de redes. Dichos peajes los regularía la CNMC, y los cargos los regularía la Administración General del Estado.

Estos cargos son los que financian los costes regulados del sistema eléctrico, con la excepción de las redes de transporte y distribución. En nuestro sistema eléctrico, los cargos con más peso son: el coste del régimen especial de las energías renovables, de la cogeneración y de la generación con residuos (RECORE), la compensación del 50% del sobrecoste de la generación en los territorios no peninsulares, y la cobertura del déficit de años anteriores.

La orden que tiene que ser sometida a audiencia, recoge los precios para 2021 de todos los segmentos tarifarios de los que os hemos hablado, de los precios que se le van a aplicar a los puntos de recarga de vehículos eléctricos de uso público y de los precios unitarios de aplicación a la hora de financiar los pagos por capacidad. Esta orden se desarrolla en aplicación del mencionado proyecto de Real Decreto por el que se establece la metodología para calcular los cargos de la factura de electricidad.

El porqué de iniciar el trámite de audiencia de esta orden, es poner en conocimiento de todos los agentes que forman parte del sistema eléctrico, los precios que se van a aplicar a partir del próximo 1 de junio y así, poder anticipar ese cambio de estructura de la factura eléctrica.

Esperamos haber explicado todo con claridad y que al menos, se entienda mejor todo este inminente cambio de tarifas que va a entrar en vigor. Lo que no podemos adivinar, es cómo afectará económicamente este cambio del sistema tarifario, a los consumidores. Cuando lleguen los peajes, entraremos en un estado de transición y adaptación, donde se aplicarán los peajes de acceso y condiciones de facturación que estuviesen vigentes, es decir, las actuales. Poco a poco, los nuevos se irán imponiendo e iremos viendo cómo evoluciona el sector.

Un mes amb la llei de lloguer, què ha passat amb els preus?

Avui fa just un mes que va entrar en vigor la llei de mesures urgents per contenir els preus dels lloguers. No complir-la implica sancions. S’està aplicant? Què ha passat amb les preus?

https://www.youtube.com/watch?v=8U60aR-28QY&ab_channel=Klausserveis

Després que el Consell de Garanties Estatutàries (CGE) en fes un dictamen no vinculant que concloïa que el text conté punts que no troben empara en l’Estatut i vulneren la Constitució, el Parlament de Catalunya va aprovar el passat 9 de setembre sense cap debat parlamentari (s’ha tramitat en lectura única) la Llei de mesures urgents en matèria de contenció de rendes en els contractes d’arrendament d’habitatge, amb el vot favorable de JxCat, ERC, CatECP i la CUP, una normativa de gran transcendència que afectarà a milers de llars i famílies a Catalunya, tant a llogaters com a propietaris, però que sols s’ha treballat i consensuat amb l’anomenat “Sindicat de Llogaters”.

Aquesta Llei que regularà tots els contractes nous que es trobin en zones declarades amb ‘mercat d’habitatge tens‘, va ser publicada al Diari Oficial de la Generalitat (DOG) d’ahir 21 de setembre i ha entrat en vigor avui, 22 de setembre.

Determinació del lloguer inicial

La regulació d’aquesta nova Llei passa per limitar els preus de lloguers dels contractes que es concloguin en una àrea amb mercat d’habitatge tens a partir de dues directrius:

  1. No podran superar els índexs de referència de la Generalitat (els nous contractes s’hauran de cenyir als euros/m2 útil de referència i es considera com a preu de referència l’índex de referència sense tenir en compte els marges de preu superior i inferior).
  2. Tampoc podran ser més alts que els dels contractes anteriors, si l’habitatge ha estat arrendat dins els cinc anys anteriors a l’entrada en vigor de la LLei (en cas que l’immoble hagi estat arrendat per sota del preu de referència durant els darrers cinc anys, la llei impedeix que el propietari n’apugi el lloguer; sols podrà actualitzar el lloguer entre la data de celebració del contracte anterior i la data de celebració del nou contracte amb l’índex de garantia de competitivitat).

Els índexs de referència es poden trobar en un cercador habilitat a la pàgina web de l’Agència de l’Habitatge de Catalunya, on es pot calcular l’import introduint l’adreça del pis que es vol llogar, la planta, la superfície de l’habitatge, l’any aproximat de construcció i l’estat de manteniment. També hi ha altres variables, com per exemple si l’habitatge disposa d’ascensor o està moblat.

Aquest índex de referència es podria incrementar en un 5% si les parts ho acorden i l’habitatge compta amb tres de les següents característiques específiques: ascensor, aparcament, mobles, calefacció o aparell d’aire condicionat, zones comunitàries d’ús compartit com ara jardí o terrat, piscina comunitària, serveis de consergeria i vistes especials.

Si dins el darrer any anterior a la firma del contracte d’arrendament s’han fet obres de millora en el pis o l’edifici, la renda inicial es podrà incrementar en base a la regulació de la Llei d’Arendaments Urbans (LAU) per aquest supòsits.

A quins municipis s’aplica la LLei?

Si la falta d’habitatge està concentrada en barris o districtes, la norma s’hi podrà aplicar sense que afecti la resta del municipi. En qualsevol cas, la congelació i rebaixa del preu dels lloguers requereix una declaració de “mercat tens”. Aquesta declaració serà possible en el supòsit que l’àrea en qüestió es trobi en qualsevol de les següents circumstàcies: que el preu del lloguer experimenti un creixement sostingut clarament superior al de la mitjana de tot Catalunya; que el preu del lloguer superi el 30% dels ingressos habituals de les llars o de la renda mitjana de les persones menors de 35 anys; o, finalment, que el preu de l’habitatge hagi crescut 3 punts per sobre de l’IPC en els últims 5 anys.

La iniciativa per a fer la declaració pot partir tant de la Generalitat, com dels ajuntaments com consells comarcals o diputacions. En qualsevol cas, la declaració és competència del Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat. A Barcelona i el seu entorn, també podran aprovar-la l’Ajuntament i l’Àrea Metropolitana.

Com a mesura d’urgència, la Llei declara immediatament zones de mercat tens 60 municipis, on s’aplicarà inicialment la regulació de preus. La llista, on hi figuren 6 municipis del Maresme, és la següent:

Badalona, Barberà del Vallès, Barcelona, Blanes, Calafell, Castellar del Vallès, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Figueres, Gavà, Girona, Granollers, l’Hospitalet de Llobregat, Igualada, Lleida, Manlleu, Manresa, Martorell, El MasnouMataró, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Olesa de Montserrat, Olot, Palafrugell, Pallejà, Pineda, El Prat de Llobregat, Premià de Mar, Reus, Ripollet, Rubí, Sabadell, Salou, Salt, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat, Sant Feliu de Guíxols, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Gramenet, Santa Perpètua de la Mogoda, Sitges, Tarragona, Terrassa, Tortosa, El Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú i Vilassar de Mar.

En tots els pobles i ciutats inclosos a la llista, el preu del lloguer ha crescut més d’un 20% en el període comprès entre els anys 2014 i 2019. Es tracta d’una disposició addicional d’un any de vigència, que assegura la rebaixa i la congelació automàtica del preu dels nous contractes de lloguer.

Els propietaris amb pocs ingressos poden quedar exempts de la limitació

Si la unitat familiar que és titular de l’habitatge té uns ingressos inferiors a 2,5 vegades l’Indicador de Renda de Suficiència de Catalunya (IRSC), que són 1.422,80 euros, podrà signar contractes nous amb el preu dels anteriors. En aquest supòsit de pocs ingressos, la Llei també permet que la propietat pugui apujar el preu del lloguer fins a l’Índex de referència si l’anterior contracte el situava per sota. Aquesta excepció només queda sense efecte si la unitat familiar dels inquilins té uns ingressos inferiors a 1.991,92 euros, que és 3,5 vegades l’IRSC.

En cas de relació de parentiu entre arrendador i l’anterior arrendatari, si la propietat signa un nou contracte de lloguer també podrà posar l’immoble al mercat apujant la renda fins al preu de referència.

Estímul del parc de lloguer i de la millora de les condicions dels pisos

L’Índex de preus del lloguer proporciona l’import de referència, amb una franja inferior i una de superior. Els únics habitatges arrendables amb l’import de la franja superior seran els d’obra nova i els que hagin estat rehabilitats. Els propietaris podran llogar els habitatges pel preu de la franja superior durant els cinc anys posteriors a les obres. En aquest cas, la Llei preveu una moratòria de tres anys, període durant el qual no s’aplicarà la limitació de la renda.

Obligaciones formals

En l’oferta de lloguer que es faci de l’habitatge, cal que hi consti l’índex de referència del preu del lloguer i si s’escau, la renda del darrer contracte de lloguer. Si la renda ve determinada per un contracte anterior, l’arrendador ha d’informar per escrit a l’arrendatari de la data i l’import de la renda anterior i justificar l’establiment de la nova renda. 

Els contractes de lloguer regulats per la nova norma han d’incloure el document amb les dimensions, les condicions i el preu fixat per l’Índex de referència de preus del lloguer. Per tal que el llogater pugui comprovar que el nou contracte s’adequa a la regulació, la Llei obliga el Registre de fiances de contractes de lloguer a proporcionar l’import de la renda anterior als llogaters que la demanin. En cas que el propietari hagi percebut més diners del compte, l’arrendatari tindrà dret a recuperar-los.

Infraccions lleus i greus, amb multes d’entre 3.000 i 90.000 euros

L’arrendament per sobre del preu de l’Índex, falsejar el preu de referència i no adjuntar-lo al contracte implica sancions lleus, amb multes d’entre 3.000 i 9.000 euros. Si el preu se situa un 20% per sobre de l’import de l’Índex o si el propietari oculta o falseja informació sobre la renda anterior, es tractarà d’una infracció greu, amb sancions d’entre 9.000 i 90.000 euros.

Zhiyun anuncia el lanzamiento de su nuevo gimbal Crane 2S

Zhiyun anuncia el lanzamiento de su nuevo gimbal Crane 2S

El nuevo modelo combina alta fiabilidad y nuevas funciones innovadoras que actualizan
la conocida gama Crane.

Zhiyun Crane S2

El fabricante de gimbales y estabilizadores para cámaras y smartphones Zhiyun ha anunciado el lanzamiento de su nuevo gimbal, el Crane 2S. La serie Crane 2 es un referente en los estabilizadores o gimbales de tres ejes para cineastas y fotógrafos profesionales y el Crane 2S de Zhiyun continúa la serie aportando una mayor capacidad de carga y tamaño de cámara, además de más flexibilidad a la hora de grabar. El sistema de algoritmos mejorado ha sido testado y ajustado para asegurar un alto rendimiento del Crane 2S, incluso en los entornos más complejos.

Los videógrafos tienen que utilizar constantemente diferentes cámaras para asegurarse de que están usando las herramientas óptimas para cada grabación. El Crane 2S está preparado para aceptar este desafío. Con motores altamente optimizados, el Crane 2S puede manejar con facilidad cámaras más grandes como la BMPCC 6K, la Panasonic S1H y la EOS 1DX Mark II. Además, la nueva generación del noveno Algoritmo ‘Instune’ asegura un rendimiento fluido y fiable incluso para tareas críticas.

Para garantizar que el usuario no se pierda ninguna toma crítica, el Crane 2S cuenta con el sistema FlexMount, que simplifica enormemente el proceso de configuración y, al mismo tiempo, protege el equipo fotográfico con un doble mecanismo de seguridad. Por primera vez en la industria, Crane 2S viene con una montura de liberación rápida junto con una perilla de seguridad en el eje de inclinación. Esto permite a los usuarios cambiar de una toma horizontal a otra vertical en un instante, sin necesidad de instalación de accesorios adicionales.

El ligero pero fuerte mango de fibra de carbono del Crane 2S es otra característica clave que le convierte en una herramienta de trabajo fiable y robusta, al tiempo que ofrece una sensación de seguridad y comodidad en la mano.

Facilidad, versatilidad y seguridad

El Crane 2S se ha fabricado basándose en el diseño clásico de Crane 2, a la vez que se reinventa en los detalles. La nueva pantalla OLED de 0,96 pulgadas del Crane 2S ofrece una vista más amplia que permite al usuario navegar por todo el sistema de menús y cambiar rápidamente de un modo a otro.

Además, en el Crane 2S se introduce un nuevo sistema de bloqueo del eje. Una vez inmovilizado, el eje permanecerá absolutamente fijo, sin balancearse, para garantizar que el equipo de cámara está 100% seguro en el gimbal mientras se viaja o está almacenado.

Para aumentar la eficacia de la grabación, el Crane 2S está equipado con múltiples puntos de montaje: un orificio de tornillo de 1/4″ en la parte posterior de la placa base de liberación rápida para que la cámara cambie entre diferentes dispositivos como deslizadores y trípodes; dos orificios de tornillo de 1/4″ con corona y un orificio de tornillo de 3/8″ en el gimbal para una adaptación creativa. El transmisor de imágenes TransMount puede deslizarse directamente en la parte inferior de la placa base de liberación rápida sin tornillos.

El Crane 2S también destaca por su capacidad de control de enfoque de grado cinematográfico, con una rueda de control de enfoque incorporada y un servomotor de seguimiento de enfoque que realiza un alto nivel de control de precisión.

Además, ofrece seis modos de gimbal con un suave movimiento deslizante, que satisface todas las demandas desde las más básicas a las más avanzadas: seguimiento de la panorámica, bloqueo, seguimiento, POV de rango completo, modo vórtice y modo «Go». Los efectos cinematográficos avanzados como Panorama, Timelapse, Motionlapse y Long Exposure Timelapse son muy fáciles de conseguir con el Crane 2S.

También es destacable el ecosistema de accesorios TransMount, que sirve a los videógrafos con el sistema de transmisión de imágenes TransMount, monópodo, mini empuñadura doble, mango doble, entre otros.

El Crane 2S utiliza tres baterías de iones de litio extraíbles de 18650, que proporcionan un tiempo de funcionamiento estándar de 12 horas. Los videógrafos pueden ampliar fácilmente el tiempo de funcionamiento con baterías de reserva.